
El seguro de automóvil es tan antiguo como este medio de transporte. Tan solo ha sido necesario adaptarlo a los nuevos medios de locomoción que el progreso de la ciencia puso al alcance del hombre.
Actualmente se rige por La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. De dicha ley queremos destacar dos artículos:
(Art. 2.1, Ley 21/2007, de 11 de julio).
“Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, hasta la cuantía de los límites de aseguramiento obligatorio, ……”.
(Art. 3.1-a-b-c, Ley 21/2007, de 11 de julio).
“El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:
a) La prohibición de circulación por el territorio nacional de los vehículos sin asegurar.
b) El deposito o precinto, con cargo al propietario, mientras no sea concertado seguro.
c) Una sanción pecuniaria de 601,00.- á 3.005,00.- euros de multa, …….”.
Vulcano Mediación trabaja con seguros para todo tipo de automóviles:
- Turismos
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